Helfen statt Blockieren

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30 años del Reglamento de bloqueo: lo que protege y lo que no

· Aciel Martinez Poll

El 22 de noviembre de 1996, el Consejo de la Unión Europea adoptó un reglamento contra los efectos de leyes de sanciones extranjeras. Sigue vigente y, sin embargo, rara vez se aplica. Un balance en el aniversario.

Cuba fue el motivo

En 1996, Estados Unidos aprobó la Ley Helms-Burton. Se dirige expresamente también a empresas de terceros países que hacen negocios con Cuba. La UE respondió ese mismo año con el Reglamento (CE) n.º 2271/96. Su anexo incluye la Cuban Democracy Act de 1992 y la Ley Helms-Burton y, desde el principio, también leyes estadounidenses sobre Irán y Libia. En 2018 se añadieron las sanciones renovadas de EE. UU. contra Irán. El motivo fue, por tanto, Cuba y no Irán, aunque hoy se hable sobre todo de Irán.

Lo que protege

El reglamento prohíbe a empresas y personas de la UE cumplir las leyes listadas. Las sentencias basadas en ellas no se reconocen en la UE. Quien sufra un perjuicio por la aplicación de esas leyes puede reclamar una indemnización. Quien vea afectados sus intereses debe informar a la Comisión Europea en un plazo de 30 días. Quien deba apartarse en un caso concreto solicita una autorización.

El 21 de diciembre de 2021, el Tribunal de Justicia de la UE interpretó las normas en el caso Bank Melli Iran contra Telekom Deutschland: la prohibición rige aunque ninguna autoridad estadounidense haya ordenado nada. Una rescisión sin motivo poco después de una designación estadounidense puede ser nula. Al mismo tiempo, los tribunales examinan si la prohibición supone una carga desproporcionada para la empresa.

Lo que no protege

El reglamento no abre el acceso al mercado estadounidense ni anula ninguna sanción de EE. UU. Para un banco europeo, el acceso al mercado financiero de EE. UU. pesa más que un pequeño negocio con Cuba. Por eso a menudo sigue al mercado y no a la ley. La prohibición se aplica sobre todo cuando un afectado demanda; una aplicación sistemática por parte de las autoridades apenas existe. El documento de trabajo “Das Schutzrecht, das schweigt” (La protección que calla) lo resume así: la protección no calla porque falte, sino porque no se aplica.

Un segundo obstáculo, que hay que ver por separado

Quien trabaja con Cuba no solo se encuentra con bancos europeos, sino también con una administración cubana lenta, en la que las decisiones se trasladan hacia arriba. Este obstáculo existe con independencia de la brecha europea. Ambos son reales, tienen causas distintas, y resolver uno no resuelve el otro.

En el aniversario

El 22 de noviembre de 2026, Domingo de difuntos (Totensonntag), el reglamento cumple 30 años. Ese día, la semana “Helfen statt Blockieren” le dedica conversaciones con invitados en la Heilige-Geist-Kirche de Berlín-Moabit; antes, los talleres en línea W2 y W10 tratan el tema.

Fuentes

  • Reglamento (CE) n.º 2271/96 del Consejo, de 22.11.1996, DO L 309 de 29.11.1996, p. 1
  • Reglamento Delegado (UE) 2018/1100 de la Comisión, de 6.6.2018; Reglamento de Ejecución (UE) 2018/1101
  • TJUE (Gran Sala), sentencia de 21.12.2021, C-124/20, Bank Melli Iran, ECLI:EU:C:2021:1035
  • Cuban Liberty and Democratic Solidarity (LIBERTAD) Act of 1996 (Helms-Burton); Cuban Democracy Act 1992

consultado el 2 de noviembre de 2026

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